Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Fraccionamiento extraordinario del pago de la declaración IRPF 2020 para beneficiarios de prestaciones vinculadas a ERTE durante el año 2020

Desde el comienzo de la pandemia han ido apareciendo diferentes normas que contenían previsiones para el aplazamiento del pago de deudas tributarias, siendo la pyme y autónomos los principales destinatarios.

Ante los efecto negativos de la pandemia y con la Campaña de la Renta 2020 ya en marcha, el Ministerio de Hacienda ha aprobado una nueva medida que facilita el cumplimiento de la obligación de pago del IRPF estableciendo la posibilidad de un fraccionamiento extraordinario aplicable a los contribuyentes del Impuesto que sean trabajadores por cuenta ajena y se hayan visto afectados por ERTE en 2020 percibiendo alguna prestación respecto de los que el resultado de la cuota tributaria correspondiente a su declaración resulte a ingresar.

Las características son las siguientes:

  • Se da en los supuestos de tributación individual como de tributación conjunta.
  • El solicitante ha debido estar incluido en un ERTE durante el año 2020, habiendo recibido las correspondientes prestaciones.
  • Que el importe pendiente de pago para el solicitante de las deudas de derecho público gestionadas por la AEAT y por los órganos u organismos de la Hacienda pública estatal no exceda de 30.000 euros.
  • El pago se efectuará en seis fracciones, con vencimiento los días 20 de cada mes, siendo el primero el día 20 de julio de 2021.

 

Fuente: Agencia Tributaria

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/_Le_interesa_conocer/Fraccionamiento_extraordinario_aplicable_a_las_deudas_por_declaraciones_de_IRPF_2020_para_perceptores_de_Expedientes_de_Regul__e_Empleo__ERTE_.shtml

 

Compartir este articulo