Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Subvenciones para la contratación por trabajadores autónomas para la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía

Se trata de dos tipos de subvenciones diferentes, la prestada a través de la Línea 4, destinada para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas con hijos o hijas menores de tres años a su cargo para que trabajen en su actividad económica o profesional, y a través de la Línea 5, destinada para la contratación realizada por personas trabajadoras autónomas para su sustitución en los supuestos de riesgo durante el embarazo, y en los periodos de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con  fines de adopción, o acogimiento familiar.

Línea 4

Los beneficiarios serán las personas trabajadoras autónomas, que tengan a su cargo hijos o hijas menores de tres años por nacimiento o adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar permanente de la persona menor de tres años.

Para poder recibir estas ayudas, el nuevo contrato debe suponer un incremento de la plantilla contratada respecto al mes anterior de la formalización del contrato y la persona beneficiaria no debe haber tenido ningún vínculo laboral con la persona trabajadora

La contratación por cuenta ajena que se realice por la persona trabajadora autónoma para que trabaje en su actividad económica o profesional, así como el mantenimiento de la misma, de forma ininterrumpida durante doce meses o la parte proporcional que corresponda como máximo hasta que el hijo o hija cumpla tres años.

La cuantía será 6.000 euros por cada nueva contratación por cuenta ajena realizada con una persona desempleada no ocupada e inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo con una jornada de trabajo a tiempo completo por un periodo de doce meses. Por otro lado, 7.200 euros si la contratación jornada de trabajo a tiempo completo por un periodo de doce meses se realiza con una persona desempleada no ocupada, inscrita en el Servicio Andaluz de Empleo como demandante de empleo, que sea menor de 30 años, persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.

Las cuantías anteriores, se adaptarán proporcionalmente a la jornada de trabajo resultante cuando la contratación sea a tiempo parcial, siendo la duración mínima de 20 horas semanales.

El plazo de presentación de solicitudes será del 08 de julio al 30 de septiembre de 2022

Línea 5

Los beneficiarios serán mujeres trabajadoras autónomas en situación de riesgo durante el embarazo y personas trabajadoras autónomas para el disfrute del periodo de descanso por nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción, o acogimiento familiar.

El contrato de sustitución deberá reunir los siguientes requisitos:

  • La persona que se contrate deberá estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en las Oficinas de Empleo de Andalucía.
  • La persona beneficiaria no debe haber tenido ningún vínculo laboral con la persona trabajadora.
  • El nuevo contrato debe suponer un incremento de la plantilla contratada respecto del anterior a la formalización del mismo.

Se otorgará una cuantía de 3.200 euros por un período máximo de ocho meses para mujeres trabajadoras autónomas en los supuestos de riesgo durante el embarazo. Para el contrato formalizado por las personas trabajadoras autónomas en el periodo de descanso por motivos de nacimiento de hijo o hija, adopción, guarda con fines de adopción y acogimiento familiar, se ofrecerá 1.700 euros por un período de dieciséis semanas, y 1.900 euros por un período de dieciocho semanas.

Se incrementará un 50% la cuantía cuando las contrataciones se formalicen con personas desempleadas, inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo como demandantes de empleo, que sean:-Mujeres-Hombres menores de 30 años-Persona con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33%-Víctima de violencia de género-Víctima de terrorismo.

El plazo de presentación de solicitudes será del 08 de julio al 30 de septiembre de 2022.

Fuente: BOJA

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