Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Subvenciones para asesoramiento sostenible en producción ecológica en explotaciones agrarias

La Junta de Andalucía ha anunciado la convocatoria de subvenciones para el año 2023, según lo establecido en la Orden de 7 de noviembre de 2023. Estas subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, tienen como objetivo respaldar el uso de servicios de asesoramiento sostenible en producción ecológica en explotaciones agrarias, en el marco de las intervenciones para el desarrollo rural del Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027.

La información detallada sobre el procedimiento se encuentra disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios bajo el número RPS 25088. La convocatoria se rige por las bases reguladoras aprobadas en la Orden de 7 de noviembre de 2023.

Las ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en un 85% y la Comunidad Autónoma de Andalucía en un 15%, tendrán una asignación presupuestaria de 2.000.000 euros para el año 2024 y 2.000.000 euros para el año 2025.

En caso de un eventual aumento de crédito disponible para esta convocatoria después de la resolución de concesión, se podrá dictar una resolución complementaria incorporando a los solicitantes que cumplen los requisitos, pero no obtuvieron la condición de entidad beneficiaria debido a la falta de crédito inicial.

Las solicitudes de ayuda deben ir dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agrolimentaria. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003.

Se destaca que las entidades solicitantes están obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración, y la resolución del procedimiento se realizará en un plazo máximo de tres meses a partir del día siguiente al cierre del plazo de presentación de solicitudes. En caso de no recibir una resolución expresa en dicho plazo, se entenderá que las solicitudes han sido desestimadas por silencio administrativo.

Fuente: BOJA

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