Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Revocada la Orden que modificaba las subvenciones para impulsar el sector comercial en Andalucía

La Junta de Andalucía ha procedido a la revocación de la Orden emitida el 17 de marzo de 2023, la cual tenía como objetivo modificar la distribución de los fondos destinados al sector comercial en la región de Andalucía.

Esta medida afectaba directamente a la cuantía establecida para los diversos ámbitos funcionales definidos en la Orden de 27 de diciembre de 2022. Mediante ella se establecía un presupuesto inicial para PYMES (línea 1) de 5.070.637 euros, que ahora pasará a ser de 6.082.560 euros; y uno para Asociaciones Comerciales (línea 2) de 3.000.000 euros, que quedará en 1.988.077 euros tras la modificación.

Asimismo, se han efectuado modificaciones en lo que respecta a la distribución de los créditos y presupuestos asignados a cada uno de los ámbitos funcionales y territoriales, tal como se detalla a continuación en la línea 2:

Ámbito Superior al Provincial Almería Cádiz Córdoba Granada Huelva Jaén Málaga Sevilla
Inicial 155.844€ 116.885€

 

389.610€ 428.571€ 272.727€ 272.727€ 389.610€

 

545.455€

 

428.571€
Actual 148.439€ 116.258€ 149.678€ 277.390€ 103.128€ 160.276€ 325.225€ 226.951€ 480.732€

Se ha ordenado la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a partir de la cual entrará en vigencia y surtirá sus efectos correspondientes.

En cuanto a la posibilidad de recurrir esta resolución, se informa que, contra la misma, la cual pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el órgano competente en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación. Asimismo, se brinda la opción de interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, dentro de un plazo de dos meses, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Fuente: BOJA

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