Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Publicada la Ley de creación y crecimiento de empresas

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado la Ley de creación y crecimiento de empresas, conocida como “Ley crea y crece”, que busca impulsar la creación de empresas y facilitar su crecimiento y expansión, especialmente de las PYMES, y responde a las recomendaciones específicas realizadas por distintos organismos internacionales para mejorar el clima de negocios y aumentar el tamaño y la productividad de las empresas en España.

Medidas para agilizar la creación de empresas

La nueva ley modifica la Ley de Sociedades de Capital (LSC) para fijar el capital mínimo para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada en un euro, con supresión de la exigencia de 3.000 euros de capital social mínimo antes vigente. A su vez, conlleva la eliminación de la posibilidad de que una sociedad opte por constituirse en régimen de formación sucesiva, puesto que este es un régimen concebido para posibilitar la constitución de una sociedad de responsabilidad limitada con un capital social inferior al mínimo legal de 3.000 euros.

Para las sociedades de responsabilidad limitada con capital social inferior a 3.000 euros se introducen dos reglas específicas en favor de los acreedores:

  • Deberá destinarse a reserva legal al menos el 20 % del beneficio hasta que la suma de la reserva legal y el capital social alcance el importe de 3.000 euros.
  • La norma impulsa la utilización del sistema de tramitación telemática Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) y el Documento Único Electrónico (DUE).

 Se deroga el título de sociedad limitada nueva empresa, desapareciendo con ello esta especialidad de sociedad limitada.

Mejora de la regulación y eliminación de obstáculos a las actividades económicas

Se incluye un refuerzo de las ventanillas que los operadores pueden usar para reclamar, amplía la legitimación de forma que cualquier ciudadano pueda interponer reclamaciones sin necesidad de ser interesado, se especifica que la necesidad y proporcionalidad de los límites o requisitos relacionados con el acceso y el ejercicio de las profesiones regladas se equilibrará antes de adoptar nuevas regulaciones de profesiones, y se refuerzan los mecanismos de cooperación entre administraciones. Asimismo, se crea un Observatorio de Buenas Prácticas Regulatorias.

Por otra parte, se modifica la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en lo relativo al recurso contencioso-administrativo que puede interponer la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) frente a cualquier disposición de carácter general o actuación de cualquier autoridad competente que se considere contraria a la libertad de establecimiento o de circulación.

Finalmente, en este ámbito se modifica la a Ley 12/2012, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, ampliando el catálogo de actividades exentas de licencia.

Lucha contra la morosidad comercial

A fin de mejorar el cumplimiento de la Ley de lucha contra la morosidad comercial, se incorporan las siguientes medidas:

  1. Impulso de la transparencia con respecto a los períodos de pago de las operaciones comerciales.
  2. Ampliación de la obligación de expedir y remitir facturas electrónicas a todos los empresarios y profesionales.
  3. Incorporación de incentivos para el cumplimiento de los plazos de pago.
  4. Introducción de la obligación de que las sociedades mercantiles indiquen en sus memorias anuales el período medio de pago a sus proveedores o el número de facturas pagadas en un período inferior al máximo establecido en la normativa de morosidad.

Mejora de las vías de financiación para promover el crecimiento empresarial

Se incluyen medidas para potenciar los instrumentos de financiación del crecimiento empresarial, flexibilizando los mecanismos de financiación alternativa como el crowdfunding, la inversión colectiva y el capital riesgo.

  1. Introduce un nuevo régimen jurídico para las plataformas de financiación participativa o “crowdfunding”. Se adapta a la legislación española el régimen jurídico establecido a nivel europeo, para que las plataformas autorizadas en España puedan prestar sus servicios libremente en todo el territorio de la UE. Se refuerza la protección de los inversores y se permite la creación de instrumentos para agruparlos y reducir costes de gestión.
  2. Para ampliar el universo de proyectos empresariales elegibles se elevan los umbrales de inversión por proyecto de 2 a 5 millones de euros y se modifican los límites de inversión por proyecto para inversores minoristas, que pasan a ser el más alto entre 1.000 euros o el 5% de la riqueza.
  3. Introduce un conjunto de reformas para impulsar y mejorar la inversión colectiva y el capital riesgo en España. Se amplía el tipo de empresas en las que pueden invertir estas entidades, se amplían las figuras reconocidas para fondos cerrados, y, en relación con las Instituciones de Inversión Colectiva, se elimina el carácter obligatorio del informe trimestral, se establecen los medios telemáticos como medio de comunicación por defecto y se flexibiliza el régimen de diversificación de inversiones de las entidades de capital riesgo.

Entrada en vigor

Se introduce a los 20 días de su publicación en el BOE, es decir, a partir del 19 de noviembre salvo el capítulo V, que entrará en vigor a partir del 10 de noviembre de 2022 y el artículo 12, relativo a la facturación electrónica entre empresarios y profesionales, que producirá efectos, para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8.000.000 de euros, al año de aprobarse el desarrollo reglamentario.

Fuente: BOE

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