Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Nuevas medidas de simplificación administrativa y de mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía

Publicado en el BOJA y convalidado por el Parlamento de Andalucía el miércoles 22 de diciembre el Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, que, en palabras del consejero de la Presidencia,

El objetivo de este decreto es hacer la vida más fácil a las empresas, a los autónomos y a las familias de Andalucía, de manera que va a permitir que la economía andaluza salga del atasco y pueda avanzar frente a la crisis que ha generado la pandemia de Covid.

Se trata de una iniciativa singular en el ámbito de las comunidades autónomas. Algunas de las medidas aprobadas son:

  • En lo que afecta a la Vicepresidencia y Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, se suprimen trámites o los sustituye por otros más sencillos para evitar gestiones innecesarias a los ciudadanos, y en el servicio de asistencia jurídica gratuita, simplifica y agiliza la compensación económica de los gastos de funcionamiento de los colegios profesionales.
  • Mayor agilidad a la aprobación de los marcos estratégicos que regulan la actividad turística, se aumenta el volumen de localidades andaluzas que pueden acceder a la declaración de Municipio Turístico y se simplifica el procedimiento de Declaración de Interés Turístico de Andalucía, entre otras medidas destinadas al sector turístico.
  • En lo referente a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, se simplifica y mejora de la calidad la tramitación normativa, a través de una modificación del procedimiento de elaboración normativa con objeto de habilitar todos los mecanismos posibles que permitan actuar con rapidez y celeridad en situaciones que así lo requieran.
  • Entre otras, se modifica la Ley del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, permitiendo la tramitación de urgencia de los procedimientos de elaboración de reglamentos consiguiendo una mayor agilización de aquellos procedimientos cuyo objeto sea dar respuesta normativa a situaciones extraordinarias o que requieran adaptarse a otra normativa en un plazo determinado. También se reforman las leyes de Participación Ciudadana de Andalucía y de Audiovisual de Andalucía, y se incluyen medidas en relación con la Unidad Aceleradora de Proyectos con el fin de eliminar informes innecesarios de las Consejerías afectadas por la tramitación y ejecución del proyecto y de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio.
  • En el ámbito de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, se reduce la intervención de la administración suprimiendo el régimen de autorización administrativa por el régimen declaración responsable el cual se aplicará tanto a la creación de Escuelas de Tiempo Libre como a la programación anual, la modificación de sus instalaciones y al convenio de formación en prácticas.
  • En cuanto a la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, se simplifica la documentación necesaria para la tramitación de los proyectos fotovoltaicos y sus infraestructuras de evacuación: se elimina el informe de compatibilidad urbanística, si bien, por la aplicación de la normativa estatal sectorial eléctrica, se remite separada del proyecto a los organismos afectados, entre ellos, los ayuntamientos, los cuales, en caso de no manifestarse se entenderá que están conformes con el proyecto.
  • En cuanto a la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, se simplifica la documentación necesaria para la tramitación de los proyectos fotovoltaicos y sus infraestructuras de evacuación: se elimina el informe de compatibilidad urbanística, si bien, por la aplicación de la normativa estatal sectorial eléctrica, se remite separada del proyecto a los organismos afectados, entre ellos, los ayuntamientos, los cuales, en caso de no manifestarse se entenderá que están conformes con el proyecto. También se facilita el despliegue de una infraestructura de recarga de vehículos en todo el territorio de Andalucía sostenidos por energías renovables como los eléctricos, entre los que se incluyen los impulsados por hidrógeno, al simplificar los trámites de implantación de puntos de recarga en gasolineras, áreas de descanso, centros comerciales y zonas urbanas. Igualmente, se facilita la implantación de generación de energías renovables de autoconsumo en las zonas urbanas al solicitarse únicamente una declaración responsable para la ubicación de estas infraestructuras de hasta 100kw en todas aquellas edificaciones existentes que sean conformes a los planes urbanísticos aprovechando incluso las marquesinas de aparcamientos, cubiertas de edificios industriales, etc.
  • En cuanto a las competencias de la Consejería de Educación y Deporte, se diseña un nuevo procedimiento, mucho más ágil y sencillo, de homologación de actividades formativas. De esta forma, se incentiva al sector dedicado a la formación de los docentes que se ha visto resentido durante la pandemia. Esta nueva norma permitirá que las entidades dedicadas a la formación de los profesores y maestros puedan homologar los cursos que ofrecen con menos trámites administrativos, en menos tiempo, de manera telemática y con todas las garantías.
  • Por su parte, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha incluido 128 modificaciones en la legislación ambiental. Se hace hincapié en la GICA (Gestión Integrada de la Calidad Ambiental), concretamente en su anexo para adecuar los niveles de protección de Andalucía a los del Estado. Además, se reducen los plazos y tiempo, eliminando la burocracia que no aportaba protección ambiental. Se abre la vía para permitir que proyectos sometidos a Declaración de Impacto Ambiental no precisen Autorización Ambiental Unificada, lo que va a favorecer eliminar duplicidades y reducir el tiempo de tramitación. Por otro lado, se amplía el plazo de garantía de la Autorización Ambiental Unificada, cuya caducidad pasa a 5 años. Una reiLa Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades ha reformado en el marco de este decreto ley un total de 18 normas y ha introducido 65 medidas de simplificación, de mejora de la regulación económica y de reactivación en materia de comercio interior, artesanía, industria, minas, universidades e investigación y el proceso para la declaración de proyectos estratégicos para Andalucía.ç
  • En cuanto al comercio y artesanía, se favorece el comercio minorista y ambulante, así como el desarrollo de las ferias comerciales, como los que están relacionados con la eliminación del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía, y deja de tener vigencia el Registro General de Comerciantes Ambulantes y el de Ferias Comerciales Oficiales.
  • Se permite a los municipios declarados como turísticos adaptar su oferta comercial a la demanda durante Semana Santa y verano, periodos con mayor afluencia de visitantes, disponiendo de libertad para fijar los días de apertura. Se posibilita también que las corporaciones locales tengan mayor flexibilidad a la hora de solicitar la permuta de hasta dos domingos y festivos recogidos en el calendario comercial que se aprueba anualmente en la comunidad y se elimina la obligación de solicitar el informe autonómico previo a la licencia municipal de obras para implantar una gran superficie minorista (más de 2.500 metros cuadrados). También se reconoce por primera vez en la normativa la venta online como modalidad comercial.
  • En materia de industria y minas, se incorporan las comunicaciones electrónicas con la Administración y se suprimen trámites administrativos relativos a la verificación metrológica de surtidores en estaciones de servicio y a las placas de talleres de reparación de vehículos. Además, se simplifican procedimientos para determinados aprovechamientos, permisos de investigación y concesiones mineras, al mismo tiempo que se facilita el desarrollo de instalaciones mineras autorizadas, que podrán ponerse en servicio mediante declaración responsable. Igualmente, se introducen obligaciones a los titulares de derechos mineros dirigidas a favorecer la disponibilidad de esos terrenos para futuros inversores, creándose con ello unas mejores condiciones para la atracción de inversiones, así como para la racionalización y modernización de la Administración industrial y minera.
  • En el apartado de universidades e investigación, la Consejería de Transformación Económica, por un lado, unifica en un solo trámite la implantación e impartición de un nuevo título universitario.
  • En lo que respecta a la norma que regula la declaración de proyectos estratégicos para Andalucía, la Junta ha agilizado los criterios que rigen la elaboración de los informes preceptivos por parte de los diferentes departamentos de la misma, permitiendo así acortar el periodo de su emisión. También se han delimitado de forma más precisa los requisitos mínimos de inversión y de empleo generado para conceder dicha declaración, buscando maximizar el impacto de estos proyectos sobre la economía andaluza. Se trata, por tanto, de mejoras que posibilitarán agilizar la valoración y declaración de las inversiones empresariales relevantes para la región.
  • En lo que respecta la Consejería de Salud y Familias respecta, el decreto ley de simplificación administrativa aborda, desde el punto de vista de salud, la modificación de la Ley de Drogas, ya que todos los centros de adicciones pasarían a calificarse como centros sanitarios y el procedimiento de autorización y acreditación se refunde en uno solo, lo que conlleva la reducción de trámites administrativos tanto para usuarios como para los operadores económicos en materia de autorización y acreditación.
  • También afecta a la Ley de Salud de Andalucía, el procedimiento de autorización y de homologación y acreditación de centros sanitarios se efectúa en un único procedimiento, también se simplifican los requisitos para poder concurrir al procedimiento de contratación administrativa por parte de la iniciativa privada en la prestación de servicios públicos de atención sanitaria, mejorando de este modo los plazos de respuesta previstos normativamente en actividad quirúrgica. Por último, en este sentido, se deroga la normativa que regulaba los convenios y conciertos para la prestación de asistencia sanitaria en entidades públicas y privadas siendo la normativa que va a regir a partir de ahora dichas relaciones, la normativa vigente en materia de contratación pública lo que amplía el número de entidades titulares de centros sanitarios autorizados donde poder realizar actividades sanitarias. También se modifica el decreto que regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía.
  • La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, introduce una modificación de la Ley de Vivienda Protegida para adjudicar viviendas del parque público a colectivos con necesidad urgente. Se simplifica el procedimiento para construir áreas logísticas y la tramitación para la implantación de actividades en los Puertos autonómicos. Y en materia de urbanismo, se agilizará la ejecución de los proyectos Next Generation mediante su consideración de obras de interés general no sujetas a licencia con el acuerdo municipal.
  • En el ámbito de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico, las medidas aprobadas van encaminadas, por un lado, a la simplificación de los procedimientos administrativos suprimiendo trabas y cargas para el ciudadano y, por otro lado, a que estas modificaciones supongan una dinamización del tejido cultural, facilitando el desarrollo de actividades económicas relacionadas con la cultura.
  • En cuanto al patrimonio histórico de Andalucía se exceptúa la necesidad de proyecto de conservación para las obras en inmuebles comprendidos en el entorno de un Bien de Interés Cultural, los trámites para la inscripción de bienes en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía y para delegar competencias en los ayuntamientos que redacten planes urbanísticos de protección en los ámbitos protegidos como Conjuntos Históricos, Sitios Históricos, Lugares de Interés Etnológico, Lugares de Interés Industrial y Zonas Patrimoniales, con un claro efecto en la actividad económica y su desarrollo turístico.

Fuente: BOJA

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