Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Nuevas ayudas para sufragar servicios de asesoramiento especializado

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha aprobado las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a impulsar el crecimiento de las pymes a través de los programas “Activa Industria 4.0”, “Activa Crecimiento” y “Activa Ciberseguridad”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Las ayudas van desde 2.140 hasta 7.400 euros, que consistirán en un servicio de asesoramiento especializado.

Los tres programas son los siguientes:

a) Activa Industria 4.0: ofrece un diagnóstico exhaustivo de la situación digital de partida de la empresa y la elaboración de un Plan de Transformación. Está orientado a ayudar a 3.300 PYMES de la industria manufacturera en su transición a Industria 4.0.

b) Activa Crecimiento: ofrece un análisis de la empresa con objeto de detectar sus áreas potenciales de crecimiento y la elaboración de un Plan de Crecimiento con acciones de mejora concretas en innovación, recursos humanos, operaciones, digitalización, marketing y comercialización y finanzas, entre otras. Está orientado a beneficiar a 2.600 PYMES de todos los sectores, en especial a pequeñas empresas con capacidad de crecimiento empresarial.

c) Activa Ciberseguridad: realiza una auditoría de la empresa en materia de Ciberseguridad para conocer su nivel de seguridad y la elaboración de un Plan de Ciberseguridad. Está orientado a todo tipo de PYMES, con el objetivo de ayudar a 4.500 empresas que deseen mejorar o potenciar sus procesos de ciberseguridad.

En todos los programas, el asesoramiento se complementa con la realización de talleres temáticos y demostrativos. La duración de los programas será de cuatro meses para cada empresa beneficiaria, con 50 horas de asesoramiento en los programas “Activa Industria 4.0” y “Activa Crecimiento” y 20 horas de asesoramiento en el programa “Activa Ciberseguridad”.

La presente línea de ayudas se integra en el marco del proyecto C13.I2.2 “Programa de Capacidades para el Crecimiento de la PYME”, cuyo objetivo es proporcionar las capacidades necesarias a las empresas para que puedan crecer y ser más competitivas, evolucionando sus modelos de negocio y contribuyendo a la doble transición.

Cuantía total

Las líneas de ayudas reguladas en esta orden de bases tiene una dotación global de 101.000.000 de euros para tres años (2021-2023). La iniciativa “Activa Industria 4.0”, “Activa Crecimiento” y la “Activa Ciberseguridad” cuentan con una inversión prevista de 33.000.000, 16.900.000 y 7.100.000 de euros, respectivamente procedentes del fondo del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y un objetivo estimado de 3.300, 2.600 y 4.500 PYMES respectivamente apoyadas antes de finales del cuarto trimestre de 2023.

Estas iniciativas se articulan a través de la concesión de ayudas en especie a PYMES, que consistirán en un servicio de asesoramiento especializado que tendrá como resultado la elaboración de un diagnóstico y un plan de actuación para las empresas beneficiarias en materia de competitividad empresarial, transformación digital a la Industria 4.0 o ciberseguridad, según el programa del que se trate. Dicho asesoramiento se prestará por la entidad colaboradora, que será elegida por la solicitante de la ayuda en el momento de resultar beneficiaria. A estos efectos, no podrá elegirse a una entidad colaboradora con la que pueda haber conflicto de interés.

Las ayudas contempladas en la presente orden se concederán en la modalidad de concurrencia no competitiva, por orden de presentación de solicitudes una vez realizadas las comprobaciones de cumplimiento de los requisitos exigidos hasta que se agote el crédito presupuestario asignado en la convocatoria. Debido al volumen previsto de solicitudes y para simplificar y agilizar la tramitación, se ha previsto su presentación únicamente por medios telemáticos.

En qué consiste el servicio de asesoramiento

Las ayudas se destinarán a la recepción de un servicio de asesoramiento que incluirá un diagnóstico y un análisis de la situación de partida de la empresa y la consiguiente elaboración de un Plan de Acción que incluirá la definición, cuantificación y priorización de actuaciones personalizadas para la empresa. El asesoramiento contemplará también la realización de talleres temáticos y demostrativos que ayuden a la empresa beneficiaria a definir el proceso de implantación de las acciones recogidas en el Plan de Acción. En todos los casos la duración estimada del servicio de asesoramiento será de cuatro meses para cada empresa beneficiaria y deberá permitir a la misma crecer y ser más competitiva, haciendo evolucionar su modelo de negocio.

Al finalizar el asesoramiento, la entidad colaboradora, en nombre de la empresa beneficiaria, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas incluyendo la documentación exigida.

Fuente: BOE

Compartir este articulo