Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Novedades de la Ley Startups

El pasado 22 de diciembre se publicó la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes o, como es conocida, la Ley Startups que nos trae novedades en distintos ámbitos como el fiscal, el mercantil o el burocrático que pretenden dar encaje a las especiales características que presentan este tipo de empresas.

Definición de empresa emergente

La ley define lo que, a sus efectos, es una “empresa emergente” y, condiciona la acreditación e inscripción en el Registro Mercantil o de Cooperativas de tal condición para poder beneficiarse de los incentivos que ella misma regula debiendo ser el proyecto innovador y con un modelo de negocio escalable, aspectos que igualmente evaluará y certificará ENISA en un plazo de 3 meses y con silencio administrativo positivo.

A los efectos de esta ley, se considerarán empresas emergentes aquellas que cumplan todos y cada uno de los siguientes requisitos:

  1. Que sean de nueva creación o menores de 5 años (7 en casos muy específicos);
  2. Que no hayan surgido de modificaciones estructurales de empresas no emergentes;
  3. Que no distribuyan o no hayan distribuido dividendos;
  4. Que no sea cotizada;
  5. Que tenga domicilio social o establecimiento permanente en España;
  6. Que al menos el 60% de la plantilla tenga contrato laboral en España y;
  7. Que desarrolle un proyecto innovador con modelo escalable certificado por ENISA.

En caso de grupo de empresas, todas las empresas del grupo deben ser “emergentes”. Se crea la figura de la Startup de estudiantes como herramienta pedagógica y con una vida de máximo 2 cursos escolares.

Incentivos fiscales

Entre los incentivos fiscales que introduce esta ley están, entre otros, la reducción del tipo del Impuesto de Sociedades del 25% al 15%, durante un máximo de cuatro años, el aplazamiento del pago de las deudas tributarias durante los dos primeros años de actividad, la exención de 12.000 a 50.000 euros anuales en los sistemas retributivos de “stock options”, o la deducción por inversión en empresa de nueva o reciente creación el aumento el tipo del 30 al 50% y aumentando la base máxima de 60.000 a 100.000 euros.

Novedades mercantiles

En caso de las novedades en materia mercantil, se permite a las startups (S.L.) la adquisición de participaciones (hasta un 20% de su capital social) para autocartera con el fin de establecer un sistema de remuneración a sus empleados, administradores o colaboradores mediante la entrega de dichas participaciones, sistema que se conoce como “stock options” y que debe estar recogido en los estatutos.

Del mismo modo, se exceptúa a las empresas emergentes durante 3 años de incurrir en causa de disolución por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social.

Agilidad burocrática

En temas burocráticos, se acortan los plazos para la inscripción en el Registro Mercantil, se abaratan los costes de Notaría y Registro y se establece exención a las tasas del BORME. Además, se permite la inscripción de pactos parasociales.

Además, la comunicación al Registro Mercantil o de Cooperativas de la condición de empresa emergente se realizará directamente por ENISA.

Otras medidas

La mencionada establece otros tantos tipos de medidas relativas a visados y permisos de residencia para nómadas digitales o medidas relativas a la financiación, inversión y fomento de estas empresas. Además, pretende mejorar la difusión de la información sobre subvenciones, financiaciones y del ecosistema emprendedor español.

Desarrollo posterior

Con la entrada en vigor de la Ley Startup se pretende dar un importante impulso a los emprendedores, inversores y a los nómadas digitales, todos ellos como sujetos de valor que, hasta ahora, por sus especiales características, no encontraban acomodo en la legislación tradicional. La ley necesita de un importante desarrollo y puesta en marcha que se ha introducido con la publicación de la Orden PCM/825/2023, de 20 de julio, por la que se regulan los criterios y el procedimiento de certificación de empresas emergentes que dan acceso a los beneficios y especialidades reconocidas en la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.

Nuria Rando Rando, abogada experta en Derecho Mercantil y Derecho Digital de Gaona, Palacios y Rozados Abogados, despacho asociado a Roca Junyent.

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