Gaona, Palacios y Rozados Abogados

IRPF e IVA: Orden de Módulos para el año 2023

Con entrada en vigor el 2 de diciembre de 2022 y con efectos para el año 2023, se ha publicado la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, que desarrolla el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido, manteniendo la estructura de la HFP/1335/2021, de 1 de diciembre, que ha sido la aplicable para el año 2022.

En la citada orden se señala que el plazo para renunciar o revocar la renuncia a la aplicación del método de estimación objetiva de IRPF o al Régimen especial simplificado del IVA será del día 2 al 31 de diciembre de 2022.

Estimación objetiva en el IRPF

Para el ejercicio 2023 se mantienen la cuantía de los signos, índices o módulos, así como las instrucciones de aplicación. Sin embargo, dada la actual situación económica, se aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos del 5% al 15% para el período impositivo de 2022 y al 10% para el para el período impositivo 2023, medida que resulta aplicable a todos los contribuyentes que determinen el rendimiento neto de su actividad económica con arreglo al método de estimación objetiva. Estas reducciones se tendrán en cuenta para cuantificar el rendimiento neto a efectos del pago fraccionado correspondientes al cuarto trimestre de 2022 y a los pagos fraccionados de 2023.

Para las actividades agrícolas y ganaderas se establece para los períodos impositivos 2022 y 2023 que el rendimiento neto previo podrá minorarse en el 35% del precio de adquisición del gasóleo agrícola y en el 15% del precio de adquisición de los fertilizantes, en ambos casos, necesarios para el desarrollo de dichas actividades. Ambas reducciones procederán cuanto se trate de adquisiciones
efectuadas en los ejercicios 2022 y 2023 y consten documentadas en facturas emitidas en dicho períodos, respectivamente.

Se convierten en estructurales, y por tanto se continuarán aplicando tanto en 2022 como en 2023, las modificaciones que para 2021 se establecieron para los índices correctores por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen, a tal efecto, energía eléctrica, a fin de compensar el impacto de la sequía y del incremento de precios de los costes de los piensos y de la energía eléctrica.

La tributación de las ayudas directas desacopladas de la Política Agraria Común (PAC) en proporción a los ingresos de sus cultivos o explotaciones se condiciona a la obtención de un mínimo de ingresos en la actividad distintos del de la propia ayuda directa.

Régimen especial simplificado del iVA

Se mantienen para el período impositivo 2023 los módulos y las instrucciones para la aplicación del régimen especial simplificado en el año inmediato anterior.

Así, los porcentajes aplicables para el cálculo de la cuota devengada por operaciones corrientes en el régimen simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido en 2023 en las actividades que se mencionan a continuación serán los siguientes:

  • Servicios de cría, guarda y engorde de aves: 0,06625.
  • Actividad de apicultura: 0,070.

Fuente: BOE

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