Gaona, Palacios y Rozados Abogados

El Gobierno aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas a determinados sectores agrarios afectados por la guerra de Ucrania

La guerra de Ucrania está afectando a los productores agrarios europeos y españoles aumentando los costes de producción y las alteraciones de los flujos comerciales, en gran parte debido a la imposibilidad de que los productos de la UE sigan llegando a Ucrania y viceversa, además de provocar una nueva subida de precios de los cereales, la energía y los fertilizantes.

Por todo ello la Comisión Europea ha puesto ayudas a disposición de los productores en los sectores agrarios de la Unión, con una dotación presupuestaria de 500.000.000 de euros, de los que 64.490.253 euros corresponden a España

La iniciativa europea ha permitido, a su vez, que los Estados miembros concedan ayudas suplementarias a las concedidas en el ámbito de la ayuda comunitaria, hasta un máximo del 200 % del importe correspondiente fijado para cada uno de ellos, por lo que España ha decidido hacer uso de esta posibilidad y ha dispuesto una cantidad de 128.980.506 euros con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, de este modo la dotación total de las ayudas previstas asciende a un máximo de 193.470.759 euros.

Se pretende que las medidas contribuyan a la seguridad alimentaria o aborden los desequilibrios del mercado para poder acogerse a estas ayudas, deben llevar a cabo una o varias actividades que persigan alguno de estos objetivos: economía circular, gestión de nutrientes, uso eficiente de los recursos, o métodos de producción respetuosos con el medio ambiente y el clima.

Los Estados miembros deben distribuir la ayuda a través de los canales más eficaces, sobre la base de criterios objetivos y no discriminatorios, que tengan en cuenta la magnitud de las perturbaciones del mercado en los diferentes sectores, garantizando, al mismo tiempo, que los agricultores sean los beneficiarios finales de la ayuda, y evitando cualquier falseamiento del mercado y de la competencia.

¿A qué sectores van dirigidas estas ayudas?

Atendiendo a estos criterios, y a la vista del incremento sostenido de los costes de producción y el desequilibrio de mercado y, teniendo en cuenta los condicionantes medioambientales imprescindibles para articular esta medida, en España la ayuda se destinará a los productores de vacuno de carne, ovino y caprino de carne, avicultura de carne (solo pollos de engorde), conejos y cítricos.

En el caso de los sectores ganaderos mencionados se ha observado un incremento sostenido de los costes de producción derivados del aumento de los precios de las materias primas para alimentación animal y de los precios de la energía y de los combustibles.

En el caso de las ayudas a los sectores agrícolas, el de las frutas y hortalizas en su conjunto está viéndose especialmente afectado por la escalada de los precios en los insumos, por tratarse de un sector más intensivo en el uso de energía, fertilizantes y fitosanitarios.

La norma comunitaria establece unos plazos muy ajustados para la tramitación de estas ayudas, de tal modo que los pagos a los productores deberán realizarse antes del 30 de septiembre de 2022, por lo que, dada la urgencia, el real decreto adopta un mecanismo simplificado para la presentación de las ayudas, de modo que se determinan los casos en que directamente la solicitud se entiende hecha o se debe solicitar, con o sin necesidad de aportación de datos adicionales o declaraciones responsables expresas, en función de la información obrante en la Administración, aunque se establece un procedimiento simplificado para que los productores de cítricos que no hubieran presentado en su momento la solicitud única, puedan acceder a las ayudas previstas en el presente real decreto.

Líneas de ayuda por sector productor

a) Vacuno de carne, con una financiación máxima de 110.000.000 de euros, correspondiendo 97.700.000 euros al subsector de la vaca nodriza y 12.300.000 euros al engorde de terneros.

b) Ovino y caprino de carne con una financiación máxima de 31.700.000 euros.

c) Avicultura de carne con una financiación máxima de 10.000.000 de euros.

d) Cunicultura con una financiación máxima de 3.000.000 de euros.

e) Cítricos con una financiación máxima de 38.700.000 euros

Fuente: BOE

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