Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Aspectos positivos y negativos del Plan Anual Normativo 2021

El art 25 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, establece, al regular la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria, que anualmente deberá aprobar, antes del 30 de abril un Plan Normativo que contenga las iniciativas legislativas o reglamentarias.

Así pues, el Plan Anual Normativo 2021 se llevará a cabo a través de un análisis sobre resultados de su aplicación y atendiendo de forma fundamental al coste que suponen para la Administración o los destinatarios, así como las cargas administrativas impuestas a estos últimos.

Por su parte, las propuestas normativas que no figurasen en el Plan Anual tendrán que justificar ese hecho en la correspondiente Memoria del Análisis de Impacto Normativo.

Para explicar los aspectos positivos de este Plan Anual Normativo 2021, tanto Manuel Camas Jimena, presidente del Consejo de Administración de  Gaona, Palacios y Rozados Abogados, despacho asociado a Roca Junyent, como Armando Rozados, vicepresidente de Consejo de Administración del mismo, han participado en una sección llamada Cara y Cruz de la prestigiosa revista Actualidad Jurídica Aranzadi.

En ella Manuel Camas y Armando Rozados han sido los encargados de ampliar los conocimientos sobre este plan con la explicación de los aspectos positivos y negativos del Plan Anual Normativo 2021.

A continuación pueden leer ambos artículos:

*Extraído del número 967 de Actualidad Jurídica Aranzadi 
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