Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Aprobada la propuesta de Directiva de Diligencia Debida de Empresas en Materia de Sostenibilidad

El Parlamento Europeo dio un paso significativo hacia la adopción de una norma europea sobre la diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. El pasado 1 de junio, se aprobaron las enmiendas presentadas a la propuesta de Directiva de Diligencia Debida de las empresas en materia de sostenibilidad realizada por la Comisión Europea en febrero de 2022.

La propuesta de Directiva tiene como objetivo fomentar un comportamiento empresarial sostenible y responsable, estableciendo normas sobre las obligaciones de las empresas en relación con los efectos adversos sobre los derechos humanos y el medio ambiente. Entre las metas propuestas se encuentran mejorar las prácticas de gobernanza empresarial, evitar la fragmentación de los requisitos de diligencia debida, aumentar la responsabilidad de las empresas por los efectos adversos y mejorar el acceso a las vías de recurso para las personas afectadas.

En comparación con la propuesta inicial de la Comisión Europea, el Parlamento Europeo ha modificado el ámbito de aplicación de la directiva, rebajando los umbrales para que más empresas estén sujetas a estas obligaciones. Según las enmiendas aprobadas, la directiva se aplicará a empresas de la Unión Europea con más de 250 empleados y un volumen de negocios mundial neto superior a 40 millones de euros. En el caso de las empresas no europeas, se incluirá a aquellas con una facturación que supere los 150 millones de euros, con al menos 40 millones generados en la Unión Europea.

Los Estados miembros serán responsables de garantizar que las empresas cumplan con las obligaciones establecidas en la directiva, integrando la diligencia debida en todas sus políticas y adoptando una política de diligencia debida. Esta política incluirá la identificación de los efectos negativos en los derechos humanos y el medio ambiente, la prevención de posibles efectos adversos, la adopción de medidas para mitigar los efectos negativos y la evaluación periódica de la eficacia de estas medidas.

Además, se establecerán medidas específicas para facilitar la ejecución de la diligencia debida, como la adopción de disposiciones contractuales que avalen el cumplimiento de los códigos de conducta empresarial y la realización de modificaciones en las actividades propias de la empresa. También se prevén sanciones de índole financiera, penal y de responsabilidad civil para aquellas empresas que incumplan las normas establecidas.

Fuente: RocaJunyent

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