Gaona, Palacios y Rozados Abogados

Aprobada la orden para la concesión de ayudas a oficinas de apoyo a comunidades energéticas

El Boletín Oficia del Estado (BOE) ha publicado la orden por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a Oficinas de Transformación Comunitaria para la promoción y dinamización de comunidades energéticas (Programa CE Oficinas), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).

El PRTR prevé el impulso y desarrollo de las comunidades energéticas mediante una reforma específica dentro de la componente 7 llamada Despliegue e integración de energías renovables, incluyendo esta promoción la posibilidad de formalizar líneas de ayuda para la inversión en los mismos.

El desarrollo de las diferentes fases en el proceso de puesta en marcha de Comunidades Energéticas se verá apoyado a través de la creación de Oficinas de Transformación Comunitaria (OTC’s), que es de la que se ocupa este programa de ayudas, que darán soporte a la difusión de estas figuras, así como el acompañamiento y asesoramiento de los actores que busquen su creación.

Asimismo, la reforma C7.R3 contempla Programas de promoción y dinamización para este tipo de organizaciones: establecimiento y oferta de cursos de formación, prestación de asistencia técnica tanto de dinamización y empoderamiento de las comunidades (procesos participativos en determinados entornos para evaluar el potencial para desarrollar proyectos con participación ciudadana y, en caso afirmativo, facilitar el proceso de información, debate, deliberación y decisión) como de impulso de proyectos (consultoría técnica ligada al impulso de proyectos concretos), que se materializarán a través del presente programa de ayudas CE OFICINAS.

En este contexto, se implementa el programa de incentivos objeto de las ayudas reguladas por esta orden, que van dirigidas a aquellas personas jurídicas, públicas o privadas, que fomenten la participación en el sector energético de actores no participantes en el mismo tradicionalmente y cuya finalidad sea el desarrollo de energía renovable eléctrica y térmica, eficiencia energética, infraestructura para movilidad sostenible y gestión de la demanda mediante comunidades energéticas.

La accesibilidad de ciudadanía, PYMES y entidades locales al uso de los servicios de las OTCs se quiere facilitar estableciendo acceso libre a todas las actuaciones organizadas por las OTCs, así como a través del hecho de que los beneficiarios no podrán percibir contraprestación o remuneración económica alguna por la prestación de los servicios que ofrezcan.

Las ayudas reguladas por esta orden serán financiadas con el Mecanismo europeo de recuperación y resiliencia, por ello, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha procedido a su ejecución.

El objetivo es finalizar al menos 37 proyectos piloto relacionados con la energía, con la participación de la comunidad local, sobre la base de una hoja de ruta en la que se detallen las acciones llevadas a cabo y los próximos pasos. Estos proyectos piloto podrán incluir procesos participativos, apoyo a la creación de comunidades locales de energía o el despliegue de los propios proyectos de energías renovables.

En línea con la descripción de este objetivo, las Oficinas de Transformación Comunitaria son proyectos piloto, siempre que incluyan el apoyo a la creación de comunidades locales de energía. Por otra parte, esta orden establece la obligación y justificación de la puesta en marcha de las Oficinas de Transformación Comunitaria como tarde, seis meses después de la notificación de la resolución de definitiva concesión de ayuda y en todo caso, antes del fin del cuarto trimestre de 2023. Por tanto, cada Oficina de Transformación Comunitaria puesta en marcha, en su labor de apoyo a la creación de comunidades energéticas, contribuirá como un proyecto piloto para este objetivo.

Estas ayudas se gestionan de forma centralizada para optimizar la gestión de unos fondos públicos limitados, asegurando la plena efectividad del presupuesto disponible y garantizando en todo el territorio español las mismas posibilidades de obtención y aplicación de las ayudas.

Fuente: BOE

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